Declarar inhábil el mes de agosto de 2026 a efectos de cómputo de plazo de inicio de las acciones formativas para diferentes programas para personas trabajadoras ocupadas para el año 2026.
Se declara inhábil el mes de agosto de 2026 a efectos de cómputo de plazo de inicio de las acciones formativas no conducentes a certificados profesionales en aplicación de la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, y para la realización de acciones formativas conducentes a certificados profesionales, en aplicación de la Orden EFP/942/2022, de 23 de septiembre, dirigidas prioritariamente a personas ocupadas para el ejercicio 2026Declarar inhábil el mes de agosto de 2026 a efectos exclusivamente del cómputo de plazo para iniciar las acciones formativas.
- En aplicación de la Orden TMS/368/2019.
- En aplicación de la Orden EFP/942/2022.